jueves, 31 de mayo de 2012


Ley 3.960 de de la Ciudad de Buenos Aires sobre imágenes retocadas 


digitalmente en avisos en vía pública

Se publicó la Ley 3.960 de la Ciudad de Buenos Aires sobre las imágenes retocadas digitalmente en los avisos en vía pública, que se transcribe a continuación:
LEY Nº 3960 _ Buenos Aires, 3 de noviembre de 2011
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Toda publicidad estática difundida en vía pública, en la cual intervenga una figura humana utilizada como soporte o formando parte del contexto o paisaje que haya sido retocada y/o modificada digitalmente mediante programas informáticos, debe exhibir con tipografía y en lugar suficientemente destacado la siguiente leyenda: "la imagen de la figura humana ha sido retocada y/o modificada digitalmente".
Art. 2º.- Verificada la infracción a la presente ley, quienes la hayan cometido son pasibles de las sanciones previstas en la ley nacional de Lealtad Comercial N° 22.802, sus modificatorias y demás disposiciones vigentes, conforme el procedimiento establecido por la ley 757 de procedimiento administrativo para la defensa de los derechos del consumidor.
Art. 3º.- La máxima autoridad en materia de defensa de los consumidores y usuarios, será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Art. 4º: Comuníquese, etc. Moscariello - Schillagi
Link al Boletín Oficial de la CABA del día 6 de enero 2012: http://boletinoficial.buenosaires.gov.ar/apps/BO/front/documentos/boletines/2012/01/20120106.pdf

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